Nuestro Fondo Social tiene carácter permanente, gestión transparente y naturaleza confidencial. Se constituye desde 2023 con la totalidad las donaciones recibidas, amparadas por la Ley 49/2002 de incentivos al mecenazgo como deducibles. En función de las preferencias de los/las donantes, los importes donados y/o sus rendimientos se podrán destinar:
1. A las Ayudas Sociales de Fundación Maimona para casos de personas y familias en situación de especial necesidad;
2. A un fondo específico y nominativo instituido por empresas, familias o personas individuales en favor de causas filantrópicas, alineadas con sus propios valores y que sean acordes al fin social y ámbito de actuación de Fundación Maimona;
3. Al funcionamiento general de Fundación Maimona.
Todas las donaciones son irrevocables, y dan derecho a deducción fiscal de entre el 35% y el 80% de acuerdo con la ley. En los casos 1. y 2. anteriores, Fundación Maimona se responsabilizará de la gestión financiera y devengará una retribución del 10% del rendimiento del capital aportado como donación por su labor de administración. En el caso de los fondos nominativos del apartado 2. anterior, se realizará su seguimiento por medio de un comité de gestión, y podrán prestarse además por parte de Fundación Maimona servicios específicos relacionados con su gestión que se tarificarán bajo demanda de los donantes.